
Queda prohibida la circulación de vehículos todo terreno en áreas naturales protegidas
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que preside la diputada Gabriela Benavides Cobos (PVEM), aprobó reforma al artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para establecer que en las áreas naturales protegidas queda prohibida la circulación de vehículos recreativos todo terreno.
Quedan exentos de dicha disposición aquellos vehículos que sean autorizados por la autoridad correspondiente, garantizando que dicha actividad no cause alteración o daño alguno al medio ambiente, a la biodiversidad, a los ecosistemas o a terceros.
El dictamen, aprobado por unanimidad de 24 votos, estipula que la Federación y las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos de regulación, autorización, inspección, vigilancia y sanción para garantizar el uso adecuado de los vehículos recreativos todo terreno en áreas naturales protegidas.