
Ordena la SCJN trato y apoyo especial para menores inmigrantes que soliciten refugio en México
Más de dos años después de analizar el caso de menores migrantes en México, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que niñas, niños y adolescentes (NNA) que solicitan el reconocimiento de la condición de persona refugiada tienen derecho a procedimientos especializados durante las entrevistas de elegibilidad, tesis, de aplicación obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales del país.
La orden judicial se derivó del amparo en revisión 400/2020 del 29 de marzo de 2023 con una tesis de jurisprudencia 60/2025 (11a.). El ponente fue el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y fue aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del 21 de mayo de 2025. Registro digital: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2030435
Los ministros de la mencionada Sala reconocieron que las entrevistas que se practiquen a infancias y adolescencias deben realizarse por personal capacitado que considere una forma adecuada para comunicarse, conforme a su especial situación de vulnerabilidad, de manera que puedan hacerse entender y comprender plenamente las preguntas que se les formulen, desarrollarse en un entorno de confianza, confidencialidad y seguridad, proporcionando las condiciones necesarias para que puedan expresarse libremente, sin coacción ni temor a represalias.
Además, se estableció que las NNA tienen derecho a que en todas las entrevistas esté presente su tutor, tutora o representante legal, sin que las opiniones de estos sustituyan a las suyas. En caso de ser necesario, debe garantizarse la presencia de intérpretes, de manera gratuita.
La Primera Sala concluyó que si bien la legislación no detalla medidas específicas para garantizar esos derechos, los estándares nacionales e internacionales establecen condiciones mínimas para asegurar que las solicitudes de refugio de NNA sean adecuadamente conducidas, examinadas y evaluadas.
En este caso, seguir estas condiciones mínimas es especialmente relevante en las entrevistas de elegibilidad, en las cuales se recaban los elementos clave para identificar el riesgo de daño y las características de la persecución sufrida, y así establecer si se cumplen los requisitos para ser reconocidos con el estatuto de refugiados.