La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibe y turna a la Comisión de Hacienda y Crédito la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, devuelta para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.
El cambio del Senado de la República es al Artículo Primero Transitorio, en donde se establece que el presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026, y no al día siguiente de su publicación, como se establece actualmente, salvo:
La modificación al artículo 86-A, fracción I, segundo párrafo, que entra en vigor al mes siguiente del inicio de la vigencia del presente Decreto; mientras los artículos 86-A, fracción III, 106, fracciones V y VI, 107 y 145, que entran en vigor a los tres meses siguientes del inicio de la vigencia del presente Decreto.
El documento tiene como propósito fortalecer y modernizar la legislación aduanera para mejorar la competitividad y combatir la evasión y elusión fiscal. Impactará a las 50 aduanas del país, a miles de servidores públicos y a todos los actores del comercio exterior.
Con el ajuste en el transitorio se garantiza su aplicación ordenada y eficaz. Esto permitirá que la Agencia Nacional de Aduanas de México y el Servicio de Administración Tributaria ajusten sus plataformas tecnológicas, que los usuarios del comercio exterior se capaciten y adopten los nuevos procedimientos.

