El Pleno fortalece la protección del derecho a la igualdad, la seguridad jurídica y la libertad de expresión en la vida cotidiana, al invalidar disposiciones municipales de Oaxaca que imponían multas y cobros arbitrarios.
La SCJN invalidó las tarifas para el pago de certificados médicos para personas privadas de la libertad, al considerar que implicaban discriminación y violaban los principios de equidad y proporcionalidad tributaria.
También anuló las sanciones por no usar cubrebocas en espacios cerrados o abiertos, pues la ley no establecía condiciones claras ni vinculaba las sanciones con declaratorias de emergencia sanitaria, lo que dejaba margen a la autoridad para decidir cuándo multar a las personas.
Se invalidaron normas que sancionaban “faltas a la moral”, “insultos a la autoridad” o cantar canciones con “palabras altisonantes”, por ser expresiones ambiguas que favorecen la censura frente a la libertad de expresión. Finalmente, se determinó que los municipios no pueden imponer multas por jugar apuestas en espacios públicos, ya que esa materia corresponde al Congreso federal.

