Al utilizar este sitio, usted acepta la Política de privacidad y los Términos de uso.
Accept
Cacho PeriodistaCacho PeriodistaCacho Periodista
Notificación Mostrar más
Cambiar el tamaño de la fuenteAa
  • NACIONAL
  • ESTADOS
    • CDMX
  • INTERNACIONAL
  • ECONOMÍA
    • Sector Energético
  • DEPORTES
  • VIDA Y ESTILO
  • COLUMNAS
  • ENTRETENIMIENTO
  • CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Lectura: SCJN falla contra Grupo Salinas y lo obliga a pagar 50 mil millones de pesos; conglomerado irá a vías internacionales
Compartir
Cambiar el tamaño de la fuenteAa
Cacho PeriodistaCacho Periodista
  • Iniciar sesión
  • Mis Lecturas
Search
  • NACIONAL
  • ESTADOS
    • CDMX
  • INTERNACIONAL
  • ECONOMÍA
    • Sector Energético
  • DEPORTES
  • VIDA Y ESTILO
  • COLUMNAS
  • ENTRETENIMIENTO
  • CIENCIA Y TECNOLOGÍA
¿Tiene una cuenta existente? Iniciar sesión
Síganos
Home » Blog » SCJN falla contra Grupo Salinas y lo obliga a pagar 50 mil millones de pesos; conglomerado irá a vías internacionales
SCJN / Ricardo Salias
NACIONAL

SCJN falla contra Grupo Salinas y lo obliga a pagar 50 mil millones de pesos; conglomerado irá a vías internacionales

Redacción
Última actualización: 14 noviembre, 2025 9:01 am
Redacción
Publicado: 13 noviembre, 2025
Compartir
Foto: Especial
Compartir

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró este jueves un capítulo clave en los litigios fiscales de Grupo Salinas, al desechar una serie de amparos y recursos promovidos por las empresas del consorcio y dejar firmes los créditos determinados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en distintos ejercicios fiscales.

Contents
  • Créditos firmes por ISR en ejercicios de 2008 a 2013 a Grupo Salinas
  • ¿Qué dijo Grupo Salinas sobre resolución de la Corte?

Con esta decisión, el grupo encabezado por el empresario Ricardo Salinas Pliego deberá cubrir adeudos de cerca de 50 mil millones de pesos.

Por ello, el conglomerado donde se congregan Grupo Elektra y TV Azteca plantea en un comunicado que podría acudir a instancias internacionales debido a su rechazo contra la decisión de la Corte.

ES DE INTERÉS Aprueban reformas para frenar abusos bancarios en tarjetas de crédito y débito; la iniciativa fue presentada por Monreal

Hoy es un día negro para la justicia y el Estado de Derecho en México. La espuria @SCJN votó en contra de #GrupoSalinas, sin análisis jurídico alguno, por consigna y mandato del @GobiernoMX.

El precedente es grave y con implicaciones más allá de nuestros casos: la Corte ha… pic.twitter.com/aHEA3Qqrwz

— Grupo Salinas (@gruposalinas) November 13, 2025

Las resoluciones fueron discutidas en sesión pública del Pleno y difundidas también por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien detalló los expedientes analizados. Entre ellos se encuentran los asuntos 33/2024, 1/2025, 547/2025 y 544/2024, además de los amparos 566/2025, 5608/2025, 6321/2024, 5145/2025, 5731/2025 y 5654/2024.

Créditos firmes por ISR en ejercicios de 2008 a 2013 a Grupo Salinas

En el caso del expediente 33/2024, la Corte declaró improcedentes los impedimentos presentados por Grupo Elektra en torno al amparo directo en revisión 6321/2024, relativo a un crédito fiscal por 33,306,476,349 pesos del ejercicio 2013 por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Una resolución idéntica se aplicó al asunto 1/2025, también vinculado al mismo crédito.

Respecto al amparo directo en revisión 5654/2024, el Pleno desechó la revisión promovida por la empresa. Con ello quedó firme el crédito fiscal por 1,431,466,606 pesos correspondiente al ejercicio 2008. En este caso —según antecedentes de la propia SCJN— el SAT detectó que Grupo Elektra declaró de manera indebida una pérdida fiscal derivada de la venta de acciones dentro del mismo conglomerado.

En el expediente 544/2024, el máximo tribunal declaró fundado el recurso de reclamación de la Secretaría de Hacienda y revocó la admisión del amparo presentado. La consecuencia jurídica fue la confirmación plena del crédito fiscal por 33,306,476,349 pesos, correspondiente también al ejercicio 2013.

Un criterio similar se adoptó para el amparo directo en revisión 5608/2025, relacionado con un crédito de 2,004,761,834 pesos del ejercicio 2010; la Corte determinó que la revisión “quedó sin materia” y el crédito se mantuvo firme.

En el amparo directo en revisión 5145/2025, se desechó el recurso de Grupo Elektra. Permaneció válido el crédito por 1,603,813,882 pesos del ejercicio 2012.

La empresa TV Azteca tampoco obtuvo una resolución favorable en el expediente 5731/2025. El Pleno rechazó la revisión y confirmó el crédito fiscal por 2,447,748,540 pesos del ejercicio 2009.

Otro caso desechado fue el asunto 547/2025, en el que la SCJN validó la reclamación de la SHCP y revocó el acuerdo de admisión del recurso presentado por la empresa. La decisión ratificó el crédito por 4,916,910,792 pesos del ejercicio 2011.

Finalmente, en el expediente 566/2025 se confirmó un crédito fiscal adicional contra TV Azteca por 2,615,750,783 pesos del ejercicio 2013, tras desecharse la revisión del conglomerado.

¿Qué dijo Grupo Salinas sobre resolución de la Corte?

Tras conocerse las primeras resoluciones, Grupo Salinas emitió un comunicado en el que acusó a la Corte de actuar con “sesgo ideológico” y de avalar lo que llamó “acoso político”. Señaló que el litigio de más de una década por los créditos fiscales constituye “el más relevante de la historia reciente” y calificó las decisiones del tribunal como “un golpe fulminante a la justicia”.

El documento sostiene que no hubo “garantía alguna ni defensa real” en el proceso. Además, anunció que su equipo legal buscará “otras vías, incluso en el ámbito internacional”, con el propósito de exhibir lo que considera una “persecución política sistemática” contra Ricardo Salinas Pliego y su conglomerado empresarial.

No obstante, expertos en derecho fiscal consultados en días recientes —y citados por fuentes oficiales— han señalado que no existe un tribunal internacional con competencia para revocar créditos fiscales firmes determinados por una autoridad nacional y validados por tribunales internos.

Los créditos en cuestión fueron determinados por el SAT entre 2016 y 2018, durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, y posteriormente ratificados por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y, en distintos momentos, por la propia Suprema Corte durante las administraciones de López Obrador y Sheinbaum.

Con las resoluciones, el SAT queda en posibilidad de iniciar o continuar los procedimientos de cobro correspondientes, mientras el conglomerado empresarial insiste en que no detendrá su defensa pública y jurídica.

¿Noroña pide vetar al PAN de Jucopo y Mesa Directiva del Senado? El morenista lo aclara

RB

Relacionado

ETIQUETADO:Ricardo Salinas PliegoSCJN
Comparte este artículo
Facebook Correo electrónico Imprimir
No hay comentarios

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

conscientia sui
Ir a la versión móvil