Autoridades en CDMX obligan a usuarios de bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos a tener placas de circulación y licencia

Autoridades en CDMX obligan a usuarios de bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos a tener placas de circulación y licencia

Gracias a los cambios hechos a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, ahora, los llamados vehículos eléctricos motorizados personales (VEMEPE), como scooters y bicicletas eléctricas, requerirán de placas y una licencia de conducir. Estos vehículos se han convertido en una opción accesible, por su costo y prestaciones, para los habitantes de CDMX, especialmente en la zona centro de la ciudad, pero esto ha generado nuevos problemas, relacionados con la seguridad, el control del tránsito y la responsabilidad vial.

Actualmente, el Reglamento de Tránsito permite que los scooters eléctricos circulen en ciclovías siempre que no excedan los 25 km/h. El problema es que muchos de estos modelos superan fácilmente ese límite, lo que podría derivar en sanciones, decomisos o restricciones de circulación, especialmente en zonas de alta densidad peatonal.

La reforma establece que todos los usuarios de scooters y bicicletas eléctricas deberán tramitar una licencia de conducir y emplacar su vehículo. Esta medida aplicará tanto a nuevos propietarios como a quienes ya circulan con un VEMEPE.

La entrada en vigor está prevista para diciembre, y a partir de entonces correrá un plazo de 360 días naturales para que los usuarios regularicen su situación.

Además, la ley introduce una clasificación de los vehículos eléctricos personales:

  1. Tipo A: vehículos con peso menor a 35 kg.
  2. Tipo B: vehículos con peso entre 35 y 350 kg.

Ambos tipos estarán sujetos a los mismos requisitos de registro y licencia, independientemente de su uso personal o comercial.

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