La Cámara de Diputados aprobó una modificación a la reforma de la Ley General de Salud que prohíbe la producción y comercialización de cigarrillos electrónicos y vapeadores. Morena presentó una reserva para aclarar que el consumo personal no quedará sujeto a sanciones, luego de que la redacción original omitió esa excepción.
El cambio se incorporó a propuesta del diputado Ricardo Monreal, coordinador del grupo parlamentario de Morena, quien sostuvo en tribuna que el propósito de la reforma se concentra en combatir la fabricación y distribución de estos dispositivos.
“Vamos a modificar el artículo 282 para que no existan efectos sancionadores a los usuarios (…) Si una persona está consumiendo o, incluso, trae posesión, uno o dos cigarrillos electrónicos, no es delito y no va a ser sancionada ninguna persona”, indicó.
Oposición señala riesgos de mercado ilícito
En la discusión, legisladores de oposición consideraron positivo que se corrigiera el dictamen; sin embargo, advirtieron que la prohibición podría incentivar un mercado clandestino que sería aprovechado por grupos delictivos y que generaría recursos para sus actividades.
Los diputados en lo general el dictamen que prohíbe los cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos análogos en todo el país. La votación cerró con 324 votos a favor, 129 en contra y cero abstenciones, después de una discusión que se extendió por más de tres horas. La propuesta deriva de la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum.
El documento modifica diversas disposiciones de la Ley General de Salud y tiene como propósito reforzar la rectoría del Estado en materia sanitaria, además de atender riesgos vinculados al consumo de productos electrónicos para inhalación. La reforma incorpora al Título Décimo Segundo un nuevo Capítulo XII Ter, referente al control sanitario de estos sistemas.
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El dictamen reconoce el vapeo como una amenaza para la salud pública y abre la puerta a políticas integrales orientadas a reducir su uso, proteger a sectores vulnerables y aplicar el principio de precaución en la gestión de riesgos.
La norma define estos aparatos como sistemas mecánicos, electrónicos o de cualquier tecnología que permitan calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas —con o sin nicotina— distintas al tabaco, que puedan ser inhaladas.
La prohibición incluye todas las etapas de producción, distribución, comercio y publicidad. El articulado impide la adquisición, fabricación, mezclado, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, venta y suministro de vapeadores y dispositivos similares.
También prohíbe cualquier acto de promoción por medios impresos, digitales, televisivos, radiales o de otra naturaleza. La autoridad sanitaria podrá verificar, asegurar y disponer de estos productos, además de coordinarse con otras instancias según sus competencias.

Morena descarta penalización a consumidores
El presidente de la Comisión de Salud, Pedro Zenteno Santaella (Morena), defendió la reforma al señalar que su propósito es “proteger a la niñez y juventud frente a productos nocivos”. Señaló que estos artículos “han explotado vacíos regulatorios y se han dirigido a niños, niñas y adolescentes con diseños atractivos y publicidad engañosa”. Ante cuestionamientos de la oposición, aseguró: “no se sanciona al consumidor individual… sino a quienes los adquieren con fines de comercialización y lucro”.
Zenteno explicó que las sanciones previstas van de 1 a 8 años de prisión y multas de entre 11 mil y 226 mil pesos para quien comercialice estos dispositivos. Añadió que la reforma incluye otros elementos, como la compra consolidada de medicamentos; el fortalecimiento de la Cofepris; incentivos a la producción nacional de insumos; la regulación de sustancias psicotrópicas y estupefacientes; el aprovechamiento del plasma residual; el reconocimiento de la salud digital; un plan maestro de infraestructura; y medidas de transparencia en el Fonsabi.
PRI, PAN y MC señalan riesgo de mercado ilegal y falta de consulta técnica
En nombre del PRI, Ana González, Ivonne Ruiz Moreno y Mónica Sandoval Hernández pidieron a las personas usuarias informarse sobre las sanciones incluidas en el artículo 456 Bis. González detalló que las penas alcanzan “hasta 2 mil veces el valor de la UMA, aproximadamente 225 mil pesos”, y recordó que la reforma sanciona 17 verbos, relacionados con actividades como almacenar, transportar, comercializar o publicitar vapeadores. Propuso campañas de prevención y una regulación responsable, al mencionar ejemplos de países como Reino Unido, Nueva Zelanda y la Unión Europea.
Ruiz advirtió que estas medidas podrían impulsar un mercado negro, aumentar la distribución clandestina y demandar mayor vigilancia sanitaria, además de incrementar la carga del sistema judicial.
Por Movimiento Ciudadano, Irais Reyes de la Torre calificó la propuesta como “la reforma más prohibicionista, autoritaria y absurda que este país ha visto en décadas”, al señalar que conlleva penas superiores a las de otros delitos.
Aseguró que la prohibición favorecerá la participación de grupos criminales en la venta de vapeadores: “Más prohibiciones igual a más mercado negro”.
En el PAN, Éctor Jaime Ramírez Barba afirmó que la necesidad de presentar una reserva para excluir a los consumidores de las sanciones demuestra fallas en la elaboración del dictamen. También subrayó que incluye más de 150 artículos modificados en un documento de 829 páginas, sin participación de especialistas, en un contexto de gasto público en salud previsto para 2026 “2.6 por ciento más bajo que en los últimos seis años”, lejos del mínimo recomendado por la OMS del 6% del PIB:
RB