
El Estado debe pagar por daños por negligencia y fallas en servicios
Con el fin de que en casos de negligencia médica en hospitales públicos no solo se indemnice por los daños materiales, sino también por el daño moral, la senadora Anabell Ávalos Zempoalteca, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó una iniciativa ante el pleno senatorial para adicionar un segundo párrafo al artículo 14 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
“La finalidad de esta iniciativa es que las personas que sufren un daño o la muerte con motivo de una negligencia médica en hospitales públicos les paguen tanto la indemnización por los daños sufridos como la indemnización por el daño moral”.
Ávalos Zempoalteca subrayó que este tipo de reparación integral debe aplicar también a otras irregularidades del Estado, como carreteras en mal estado, fallas en seguridad pública o infraestructura deficiente. “El Estado está para proteger a sus ciudadanos, no para dañarlos o afectarlos y si los lastima tiene el deber de reparar integralmente el daño”.