Emite la SCJN fallos en favor de viudas e hijos de trabajadores inscritos en el IMSS, y para dar espacios exclusivos a fumadores

Emite la SCJN fallos en favor de viudas e hijos de trabajadores inscritos en el IMSS, y para dar espacios exclusivos a fumadores

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó proteger el derecho a la salud al garantizar que las personas fumadoras tengan espacios exclusivos donde no se presten servicios, consuman alimentos ni bebidas o se realicen actividades sociales o de esparcimiento. El objetivo de la medida es salvaguardar la salud de las personas, especialmente de niñas, niños, adolescentes y no fumadoras.

En particular, validó el artículo 60, párrafo primero, fracciones I, II y III, así como el artículo 65 Bis del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco pues se consideró que respeta y complementa la Ley General en la materia.

Con otro de los fallos la SCJN protegió los derechos de las personas trabajadoras y sus familiares. El Pleno validó el artículo 151 de la Ley del Seguro Social, vigente en 1973, que establecía el requisito de semanas cotizadas para el otorgamiento de pensiones.

Al ordenar al tribunal la revisión del asunto, la SCJN garantiza que el hijo y la esposa tengan derecho a una pensión por orfandad y viudez en el caso de que el trabajador fallecido cumpla con los requisitos de semanas cotizadas por inscripción retroactiva frente al IMSS.

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