La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una multa de 42 millones 849 mil 95 pesos a la Federación Mexicana de Futbol Asociación (FMF) tras concluir que incumplió diversas obligaciones previstas en la legislación mexicana sobre protección de datos personales durante la operación del sistema FAN ID.
De acuerdo con la resolución oficial, la autoridad detectó irregularidades en la forma en que la FMF informó y obtuvo la autorización de los aficionados para el tratamiento de sus datos biométricos, considerados por la ley como datos personales sensibles. La dependencia precisó que la sanción deriva de un procedimiento administrativo y que la Federación aún puede recurrir a los mecanismos legales para impugnar la resolución.

¿Por qué fue sancionada la Federación Mexicana de Futbol?
La Secretaría Anticorrupción determinó que la FMF incurrió en dos infracciones relacionadas con el tratamiento de la información personal obtenida mediante el sistema FAN ID.
La primera consistió en que el aviso de privacidad utilizado por la Federación no informaba de manera clara que las fotografías de los aficionados constituyen datos personales sensibles. Al tratarse de información biométrica utilizada para identificar a una persona, la legislación exige que los titulares conozcan expresamente el tipo de datos que están proporcionando y el alcance de su tratamiento.
Según la resolución, esta omisión impidió que los usuarios tomaran una decisión plenamente informada sobre el uso de su información.
La segunda infracción correspondió a la falta de un consentimiento expreso y por escrito para tratar datos personales sensibles.La dependencia explicó que la FMF únicamente solicitaba a los usuarios marcar una casilla dentro de su plataforma digital para aceptar el tratamiento de la información.
Sin embargo, este mecanismo no cumple con los requisitos legales, ya que no incorpora una firma autógrafa, firma electrónica u otro método de autenticación que permita acreditar de forma indudable que fue el propio titular quien otorgó su consentimiento.
¿Qué irregularidades detectó la autoridad en el tratamiento de los datos?
Además de las dos infracciones principales, la Secretaría Anticorrupción concluyó que la Federación Mexicana de Futbol incumplió los principios de responsabilidad y licitud establecidos en la legislación sobre protección de datos personales.
La resolución señala que la organización no implementó las medidas necesarias para garantizar un tratamiento adecuado de la información recopilada mediante el FAN ID, especialmente al tratarse de datos biométricos cuya protección requiere mayores estándares de seguridad y transparencia.
La autoridad recordó que el tratamiento de datos sensibles implica obligaciones adicionales para los responsables, debido al impacto que una gestión inadecuada puede tener sobre los derechos fundamentales de las personas.
¿Cómo se determinó el monto de la multa?
La Secretaría Anticorrupción informó que el monto de 42 millones 849 mil 95 pesos fue calculado considerando distintos factores previstos en la ley.
Entre ellos destacan:
- La gravedad de las infracciones detectadas.
- El carácter sensible de los datos biométricos recopilados.
- La capacidad económica de la Federación Mexicana de Futbol.
Para este último punto, la dependencia tomó como referencia la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2024 presentada por la FMF.
¿Qué es el FAN ID y para qué se utiliza?
El FAN ID es un sistema de registro implementado en el fútbol mexicano para identificar a los aficionados que asisten a los estadios.Como parte del proceso, los usuarios proporcionan información personal y una fotografía que permite generar un registro de identidad para el acceso a determinados encuentros deportivos.
La implementación del sistema surgió como parte de las medidas para fortalecer la seguridad en los estadios y facilitar la identificación de personas en caso de incidentes. Sin embargo, debido a que utiliza información biométrica, su operación debe cumplir con los requisitos establecidos por la legislación mexicana en materia de protección de datos personales.
¿Puede la FMF impugnar la resolución?
Sí. La Secretaría Anticorrupción aclaró que la notificación de la sanción se realizó conforme a los plazos legales del procedimiento administrativo y que la Federación Mexicana de Futbol cuenta con los medios de defensa previstos en el sistema jurídico mexicano para controvertir la resolución.
La dependencia indicó que, en caso de presentarse un recurso o una impugnación, defenderá la legalidad de la sanción al considerar que fue emitida con apego a la legislación vigente y con el objetivo de proteger los derechos de las personas cuyos datos personales fueron tratados mediante el sistema FAN ID.
Finalmente, la Secretaría reiteró su compromiso de fortalecer la protección de los datos personales y de garantizar que las instituciones y organizaciones que recopilan este tipo de información cumplan con las obligaciones previstas en la ley.