Sara Irene Herrerías Guerra

Sara Irene Herrerías Guerra

Abogada con 38 años de experiencia en la procuración de justicia, la academia y organismos autónomos. Es licenciada en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, maestra en criminología por el Instituto Nacional de Ciencias Penales y doctora en ciencias penales y política criminal por la misma institución.

A lo largo de su carrera, ha ocupado diversos cargos en el sistema judicial y gubernamental. Desde sus inicios como proyectista de sentencias y asesora jurídica, hasta su papel como capacitadora en la Comisión Nacional de Derechos Humanos y profesora investigadora en el Instituto Nacional de Ciencias Penales, ha contribuido al desarrollo de políticas y reformas enfocadas en la protección de los derechos fundamentales.

En 2008 asumió la Dirección General del Programa de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la CNDH, y posteriormente fue fiscal especial para los delitos de violencia contra las mujeres y trata de personas en la Fiscalía General de la República. En 2016 fue designada titular de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, cargo en el que ha sido ratificada y donde ha trabajado en casos de gran impacto, como el incendio en la estación migratoria de Ciudad Juárez en 2023.

Además de su labor jurídica, ha participado en conferencias, ponencias y publicaciones sobre derechos humanos, migración y violencia de género, consolidando su trayectoria como una defensora clave en el ámbito de la justicia y la protección de víctimas en México.

Principales propuestas

Propuesta 1:

Buscar el interés social. El amparo no es un medio para obstaculizar la función del estado; sería contrario a la colectividad. La división de poderes no es confrontación, es el ejercicio coordinado de sus funciones. A la sociedad le interesa la protección de los derechos, pero no a costa de sí misma. Los jueces constitucionales deben actuar para proteger al pueblo; deben aplicar las leyes dictadas por los representantes populares, no construir reglas especiales basadas en su criterio.

Propuesta 2:

Evitar el amparo para efectos. Justicia; que llega tarde, no es justicia. Usar el amparo para corregir vicios de forma retrasa la solución de los conflictos. Ninguna formalidad justifica la falta de justicia pronta y expedita. Retrasar la solución apegada a las leyes dictadas por los representantes populares y los hechos probados, por tecnicismos y formalismos, prolongando las controversias, tiene un costo altísimo para la sociedad y las partes. La SCJN debe procurar pronunciarse sobre el fondo.

Propuesta 3:

Utilizar lenguaje accesible. El legislativo plasma los valores de la sociedad en leyes; la realidad social determina el sistema jurídico, no al revés. Los jueces aplican esas leyes dictadas por los representantes populares, no las crean. Las sentencias deben ser claras, sencillas y accesibles para las personas a quienes van dirigidas. Las sentencias son manifestaciones vivas de los valores de una sociedad, no pueden ser extrañas a ella. El pueblo debe poder sentirlas como propias.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *