Asilo y refugio, elementos centrales de la política exterior mexicana: SRE

Las figuras de refugio y asilo político son instrumentos jurídicos del derecho nacional e internacional, y manifestaciones profundas del humanismo que caracterizan a la política exterior de México, particularmente con América Latina (AL) y con los pueblos que han enfrentado persecución, guerra, dictaduras o crisis sociales.

Lo anterior, de acuerdo con la subsecretaria de Relaciones Exteriores, responsable de las relaciones bilaterales con naciones de África, Asia-Pacífico, Europa y Medio Oriente, María Teresa Mercado Pérez, quien durante su participación en el Primer Foro Exilio y Asilo, una expresión del humanismo mexicano, argumentó:

“La historia de asilo tiene una base sólida en el orden jurídico mexicano y está fundamentada en el derecho internacional, en especial en los tratados de los cuales el Estado mexicano es parte”.

Durante la mesa “Valoración y perspectivas” añadió que en América Latina la definición se ha ampliado para incluir situaciones como violencia generalizada, conflictos internos, agresión extranjera y violaciones masivas de derechos humanos.

Detalló que la política en estos ámbitos está cimentada en dos principios constitucionales: el artículo 11, el cual señala que toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo; y el 89, que distingue jurídicamente a este y al refugio.

El primero responde a la persecución que se hace por motivos de raza, religión, grupo social, opiniones políticas o necesidades económicas; mientras que el segundo se concede a personas perseguidas por razones políticas y cuya vida corre peligro, precisó en un video mensaje.

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