La Ciudad de México dio un paso decisivo en la lucha contra la ciberdelincuencia al tipificar formalmente el phishing como un delito específico dentro del Código Penal local.
La medida busca combatir la creciente ola de estafas digitales orientadas a la suplantación de identidad, el robo de datos personales y el apoderamiento de credenciales bancarias de los ciudadanos.
¿Qué es el phishing?
Se trata de fraudes en internet en donde los delincuentes fingen ser una empresa o banco para robar datos, claves o dinero, mediante correos electrónicos falsos, mensajes o llamadas anzuelo para engañar a las personas. Generalmente suelen hacerlo implementando las siguientes técnicas:

- Con mensajes de un sitio o portal oficial conocido.
- Usan palabras que asustan o apresuran para tomar decisiones sin pensar.
- Mediante enlaces o links falsos que redireccionan a páginas web apócrifas para obtener contraseñas e información confidencial.

Conoce las señales de alerta
Estos son algunos de los indicios en los que hay que poner atención para evitar caer en algún fraude:
- Correos con faltas de ortografía, textos o caracteres extraños.
- Direcciones de internet con letras de más o de menos o dominios extraños.
- Pedidos urgentes de datos personales o bancarios, que una empresa real nunca solicitaría.
Marco legal contra la ciberdelincuencia
Previo a la aprobación de esta enmienda, las autoridades debían procesar a las personas que ejecutaban ataques de phishing bajo las figuras generales de fraude o de acceso indebido a sistemas informáticos. Tal ambigüedad normativa dificultaba la correcta acreditación del delito y no reflejaba la sofisticación técnica utilizada por los delincuentes en el entorno virtual.
Para erradicar estos vacíos de impunidad, el Congreso capitalino adicionó el artículo 231 Bis al Código Penal local, el cual sanciona de manera directa a quien, mediante engaños digitales, como la creación o uso de sitios web, mensajes, dominios, aplicaciones o plataformas engañosas que simulen ser legítimas, induzca a una persona a entregar información financiera, contraseñas o datos de autenticación para obtener un beneficio indebido.
Penas de prisión, multas y agravantes
Las consecuencias jurídicas fijadas para quienes cometan este ilícito son sumamente estrictas:

- El marco legal vigente establece sentencias de tres a seis años de prisión para los responsables de este tipo de ciberfraudes.
- Se impondrán multas económicas que van de las 200 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA), entre 23 y 71 mil pesos.
- La obligación de la reparación integral del daño patrimonial causado a la víctima.
- Las penas se incrementan de forma significativa cuando las víctimas pertenecen a sectores en situación de vulnerabilidad, como adultos mayores, personas con discapacidad, a niñas, niños y adolescentes.
- Las penas de prisión y las sanciones económicas aumentan hasta en una mitad, pudiendo alcanzar los nueve años de cárcel en los casos más severos, cuando el engaño afecte a personas adultas mayores, personas con discapacidad, a niñas, niños y adolescentes.

El panorama y recomendaciones
Dicha actualización legislativa responde a una urgente necesidad de protección ciudadana en el entorno digital. La CDMX se ubica como una de las entidades con mayor número de incidentes de fraude electrónico a nivel nacional, donde la modalidad del engaño a través de enlaces sospechosos encabeza las denuncias de suplantación de identidad.
Frente a esta situación, las autoridades sugieren a los ciudadanos lo siguiente:
- Activar la verificación en dos pasos en todas las aplicaciones de sus gadgets.
- Revisar rigurosamente la dirección URL de los portales o páginas web antes de ingresar credenciales.
- Desconfiar de mensajes emergentes que soliciten datos sensibles.
- Realizar capturas de pantalla –screenshots-, evidencias digitales para presentarlas en caso de denuncias correspondientes y hacer valer el nuevo articulado.
