La cédula profesional, tanto en su versión física como digital, ya no podrá utilizarse como identificación oficial en trámites públicos y privados en México, según lo establecido en un aviso publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Educación Pública (SEP), que modifica el “Estándar técnico para la cédula profesional electrónica”.
Esta medida, que entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir este jueves, responde a la necesidad de clarificar el propósito exclusivo de este documento profesional y alinearlo con las competencias de la Secretaría de Gobernación (Segob) en materia de identidad.
El aviso en el DOF precisa que la cédula profesional electrónica mantiene su validez para acreditar la titulación y la habilitación profesional, pero deja de cumplir con los requisitos para ser considerada una identificación oficial conforme a la Ley General de Población y las disposiciones de Registro Nacional de Poblaciones (RENAPO).


‘Cédula profesional no es documento idóneo para acreditar la personalidad‘
Según el texto oficial, este cambio se basa en la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece que “la cédula profesional no es documento idóneo para acreditar la personalidad, por cuanto no se integra con los elementos mínimos que exige la ley para tal efecto“. De esta forma, el DOF enfatiza que solo documentos emitidos por la Segob, como la credencial de elector, el pasaporte o la CURP con fotografía y biométricos, pueden servir como identificación oficial.
La modificación al estándar técnico, que data originalmente de 2018 y ha sido actualizado en varias ocasiones, ahora excluye explícitamente cualquier elemento que pudiera interpretarse como medio de identificación personal, como hologramas o firmas digitales que simulen una credencial de identidad.
El DOF detalla que la cédula electrónica, accesible a través de la plataforma de la SEP, conserva sus elementos de seguridad, pero se limita estrictamente a probar el ejercicio profesional. “La cédula profesional no sustituye ni complementa los documentos de identidad emitidos por autoridad competente”, se lee en el aviso oficial, recordando que su uso indebido como identificación ha generado confusiones en trámites bancarios, notariales y administrativos.

Contexto
Esta determinación arriba en un contexto de digitalización de documentos públicos en México, impulsada por la administración federal para, entre otras cosas, reducir el uso de papel y combatir la falsificación. Sin embargo, para los profesionales que puedan verse afectados, la SEP recomienda tramitar la cédula digital gratuitamente en su portal, pero portar siempre una identificación oficial válida.

Las instituciones públicas y privadas tienen un plazo implícito para adaptar sus procesos, aunque el DOF no establece una transición gradual.
Organizaciones como el Colegio de Abogados y la Federación de Médicos han respaldado la decisión, argumentando que fortalece la seguridad jurídica. Mientras tanto, el gobierno federal reitera su compromiso con la interoperabilidad digital, promoviendo la CURP como identidad única para todos los mexicanos.
DG
