Comisión de Radio y TV prevé analizar y dictaminar tres iniciativas de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

La Comisión de Radio y Televisión, que preside el diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (PAN), informó que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados le turnó para su análisis y dictaminación tres iniciativas que reforman diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

La primera establece que se destinará como mínimo el diez por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad autorizado en sus respectivos presupuestos al conjunto de concesiones de uso social comunitarias e indígenas del país, mismo que se distribuirá de forma equitativa entre las concesiones existentes. Además, para fomentar el conocimiento y participación en la radio y producción comunitaria, indígena y afromexicana.

La segunda iniciativa, que adiciona una fracción VI al artículo 216, y adiciona la fracción décima primera, recorriendo los subsecuentes del artículo 217 de la Ley Federal y adiciona una fracción décima al artículo 74 de la Ley General de Educación, fue turnada a comisiones unidas para que sea abordada con la Comisión de Educación.

Su objetivo es facultar al Instituto Federal de Telecomunicaciones para definir lineamientos específicos para regular la transmisión y difusión de contenidos que promuevan, hagan apología de la delincuencia organizada, exaltación de la violencia y actividades o conductas delictivas, en espacios y horarios donde puedan impactar negativamente en la niñez y adolescencia, a efecto de fortalecer la paz social, la seguridad pública y la promoción de valores.

La tercera iniciativa propone reformar diversas disposiciones de la Ley Federal, a fin de que las empresas concesionarias y autorizadas de servicios de telefonía móvil y plataformas digitales estén obligadas a implementar sistemas de detección y prevención de ciberdelitos, incluyendo el monitoreo de actividades sospechosas en sus redes, alertas tempranas para sus usuarios y colaboración directa con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la Fiscalía General de la República.

Estas deberán proporcionar información sobre posibles actividades delictivas dentro de un plazo no mayor a 48 horas después de ser requerida por la autoridad competente.

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