El Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito determinó la reapertura de una investigación por extorsión agravada en contra de Maclovio M. Ch., exconsejero Jurídico durante la administración de Javier Corral Jurado en Chihuahua, y su socio Carlos Emmanuel A., alias “El Meño”.
La resolución federal deja sin efectos el archivo previo de la carpeta que la Fiscalía General del Estado (FGE) pretendía mantener bajo el estatus de no ejercicio de la acción penal.
Mediante el Amparo en Revisión 2055/2024, promovido por el abogado Irving Anchondo Valdéz, la instancia federal amparó a la víctima y a su familia.
El fallo invalida la decisión de un Juez de Distrito que anteriormente avaló la inactividad del Ministerio Público, al considerar que existen elementos suficientes para indagar la presunta participación de los señalados en un esquema de presión económica.

El esquema: de la investidura pública a la amenaza
La acusación establece que Carlos Emmanuel A. y Maclovio M. Ch., este último en su calidad de funcionario público activo al momento de los hechos, utilizaron su posición y sociedad en un despacho jurídico para exigir seis millones de pesos a un exfuncionario procesado.
El testimonio del afectado señala que fue amenazado verbalmente en el CERESO No. 1, bajo el argumento de poseer evidencia visual de que su familia se encontraba bajo vigilancia y seguimiento.
Ante la imposibilidad de reunir el monto exigido, el denunciante asegura que las amenazas de abrir nuevas carpetas de investigación se ejecutaron. El abogado defensor del caso puntualizó la naturaleza de estas acciones:
“La resolución del Tribunal Colegiado Federal confirma que la persecución emprendida en contra de exfuncionarios, familiares y particulares no constituyó una operación de justicia para Chihuahua, sino que, conforme a los hechos acreditados, respondió a un esquema de extorsión”.
Sanciones y reparación del daño
El Código Penal de Chihuahua, en su artículo 376, califica la extorsión como un delito imprescriptible con penas que oscilan entre los 15 y 40 años de prisión.
La conducta no admite beneficios preliberacionales ni sustitución de sanciones. Además de la pena corporal, la defensa promoverá una reparación integral del daño calculada en 40 millones de pesos, cifra que contempla honorarios, así como daños materiales y psicológicos.
Por razones de seguridad y debido proceso, la identidad de la víctima permanece bajo reserva, toda vez que se han presentado denuncias recientes por nuevas amenazas atribuidas a los imputados.

