México obtuvo la victoria jurídica tras ganar el arbitraje promovido por los fondos estadounidenses Cyrus Capital Partners, L.P. y Contrarian Capital Management, L.L.C.
Ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), organismo del Banco Mundial encargado de resolver controversias entre inversionistas y Estados, las firmas buscaban obtener una indemnización superior a los 219 millones de dólares al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Las empresas estadunidenses acusaron que sus inversiones resultaron afectadas luego de haber adquirido bonos de deuda emitidos por la televisora mexicana TV Azteca, del empresario Ricardo Salinas Pliego.

¿Por qué demandaron a México?
La Secretaría de Economía representó con éxito al Estado mexicano debido a que, en 2023, ambas empresas iniciaron un arbitraje en contra del país argumentando ser inversionistas estadounidenses que, a través de filiales construidas en Islas Caimán adquirieron bonos de deuda emitidos por TV Azteca.
Todo inició, porque sus inversiones se vieron afectadas debido a una resolución emitida por un Juzgado del Poder Judicial de la Ciudad de México.
Desde el inicio, México sostuvo que el arbitraje de inversión no era la vía procedente para resolver el arbitraje y mucho menos aspectos relacionados con la controversia entre Cyrus y Contrarian con TV Azteca, en la Ciudad de México no tiene injerencia alguna. La defensa de México se centró en demostrar que las reclamaciones de ambas empresas tenían deficiencias que impedían al Tribunal Arbitral resolver la controversia conforme el TLCAN.
México gana el arbitraje
El 30 de julio el Tribunal Arbritral resolvió el caso en favor de México de forma unánime tras determinar que ni Cyrus ni Contrarian podían ser considerados inversionistas y que no contaban con una inversión conforme al TLCAN, razón por la que fue desestimado el arbitraje en su totalidad.
Luego de todo esto, el Tribunal ordenó a ambas firmas pagar en favor de México una cantidad considerable por concepto de gastos y costos del mismo.

