La incertidumbre sobre el uso de aplicaciones de transporte en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) ha dado un giro inesperado este viernes 13 de marzo de 2026. Tras las movilizaciones de taxistas concesionados ocurridas el pasado miércoles, elementos de la Guardia Nacional han intensificado los filtros de seguridad en las inmediaciones de las terminales 1 y 2 para restringir el ascenso y descenso de pasajeros en unidades de plataforma como Uber y Didi.
El despliegue de los agentes federales tiene como objetivo principal identificar vehículos que operen mediante aplicaciones digitales sin contar con la concesión federal necesaria para trabajar en zonas restringidas. Este endurecimiento en la vigilancia responde directamente a la presión ejercida por agrupaciones como Transportación Terrestre Nueva Imagen, A. C., quienes demandan el cumplimiento de las restricciones de transporte en áreas federales.
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¿Habrá multas para los conductores de Uber?
Una de las dudas más grandes entre los usuarios y choferes es el monto de la sanción económica. Sorprendentemente, a pesar de la intensificación de los operativos, no se aplicarán multas económicas a los trabajadores de las plataformas en esta etapa inicial.
Hasta el momento, el método de los elementos de la Guardia Nacional ha sido principalmente verbal, notificando a los conductores que su ingreso para fines comerciales no está permitido en zona federal.
Sin embargo, esto no significa que no habrá consecuencias. Se ha informado que el método de apercibimiento cambiará en los próximos días. La sanción administrativa principal para los conductores que sean sorprendidos trabajando dentro del AICM será el retiro de la Tarjeta de Circulación. Las inspecciones se concentran en los accesos principales de ambas terminales, donde los agentes verifican que las unidades sean estrictamente de uso particular o cuenten con las placas federales correspondientes.

¿Uber está amparado?
Para entender por qué continúa este conflicto pese a los intentos de regulación, es necesario recordar que en octubre de 2025 Uber México anunció la obtención de una suspensión definitiva. La empresa alegó en su momento que detener a sus conductores en aeropuertos era “ilegal”. No obstante, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha sido tajante al aclarar el alcance de este recurso legal.

Según la dependencia federal, el amparo promovido por la empresa solo obliga a que los operativos de la Guardia Nacional no sean “arbitrarios o discriminatorios”, pero bajo ninguna circunstancia otorga un permiso automático para que vehículos particulares operen en zonas federales. La SICT reitera que el marco legal del Autotransporte Federal sigue vigente y debe respetarse.

¿Quiénes pueden dar servicio legalmente en el AICM?
La autoridad es clara al señalar que solo los servicios autorizados por la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) tienen permiso para cargar pasajeros en el recinto aeroportuario. Esto incluye:
- Taxis concesionados con base oficial en el aeropuerto.
- Servicios turísticos que cuenten con placas federales vigentes.
- Autobuses autorizados con destinos específicos fuera de la zona urbana.
Ante este panorama, se recomienda a los viajeros tomar precauciones, ya que el uso de plataformas dentro del puerto aéreo podría derivar en retrasos o la imposibilidad de que el vehículo complete el servicio debido a la presencia de los filtros de la Guardia Nacional. La situación se mantiene en desarrollo mientras las mesas de diálogo entre transportistas y gobierno continúan.
