El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) ha formalizado el inicio de un procedimiento en contra de la alcaldesa de Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega. La investigación se centra en posibles infracciones relacionadas con la promoción personalizada y la realización de actos anticipados de precampaña y campaña, derivado de la difusión de propaganda institucional que vulnera la normativa vigente.
Denuncias por propaganda con nombre propio
La controversia escaló tras la colocación de diversas lonas en puntos estratégicos de la demarcación, donde se detallaban labores de gobierno acompañadas del nombre de la funcionaria. Uno de los puntos críticos mencionados en la querella se ubica en la intersección de las calles Tehuantepec y Manzanillo, en la colonia Roma Sur. En dicho sitio, una zona de alta afluencia peatonal, se exhibía publicidad con la imagen institucional, el nombre de la alcaldesa y el eslogan “una obra al día”.

La denuncia fue promovida de manera conjunta por el concejal de Cuauhtémoc, José Emilio Villar, y el representante de Morena ante el IECM, Guillermo Rafael Santiago. Según el texto del recurso legal, esta estrategia publicitaria “permite advertir un aprovechamiento del cargo y de los recursos asociados con éste (…) cuyo propósito es generar asociación positiva entre la acción gubernamental y la persona titular del cargo”. Los denunciantes sostienen que se está vinculando de manera indebida la gestión pública con la figura individual de la servidora.
Marco legal y equidad en la contienda
La Constitución y el Código Electoral son estrictos al señalar que la comunicación social de los gobiernos debe ser meramente institucional. El marco jurídico establece que “en ningún caso esos mensajes deberán contener nombre, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de una persona servidora pública”.
El IECM puntualizó que los actos anticipados buscan evitar ventajas indebidas que afecten a otros aspirantes, ya que estas expresiones inciden en el pensamiento colectivo y pueden trascender en la intención de voto. Al respecto, el órgano electoral aclaró que el inicio de este procedimiento no implica un juicio sobre la culpabilidad de Rojo de la Vega.
“En esta etapa procesal no se emite un pronunciamiento sobre la responsabilidad de la persona señalada, únicamente se valoran los elementos indiciarios con el propósito de determinar si existen condiciones para continuar con la investigación correspondiente”, subrayó la autoridad electoral, enfatizando que se trata de un análisis preliminar bajo sus atribuciones legales.

