El debate sobre la regulación de los contenidos informativos en México se ha reavivado tras la consulta pública gubernamental relativa a los lineamientos sobre los derechos de las audiencias en radio y televisión.
Mientras los defensores del proyecto afirman que busca garantizar prerrogativas ciudadanas esenciales, sectores de la oposición y de los medios de comunicación han calificado este marco como una “Ley Censura”, advirtiendo sobre posibles riesgos para la libertad de expresión.
¿Qué es la “Ley Censura”?
Dicha ley advierte sobre las implicaciones de aplicar sanciones económicas y reglas estrictas de supervisión editorial a los medios de comunicación. Quienes objetan estas medidas señalan que la obligación impuesta a las emisoras de diferenciar de forma tajante las notas noticiosas de las opiniones personales podría derivar en un control indirecto del Estado.

Argumentan que otorgar al gobierno o al ente regulador la capacidad de fiscalizar los comentarios periodísticos fomenta la autocensura y limita el ejercicio de la crítica política en los espacios informativos.

¿Qué son los derechos de las audiencias y qué exigen?
Los derechos de las audiencias son un conjunto de garantías constitucionales orientadas a proteger a los ciudadanos frente a abusos u omisiones en las emisiones de radio y televisión. Sustentados en el artículo 6.º de la Constitución y respaldados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estos derechos exigen fundamentalmente:
- Separación entre noticia y opinión. Que el público pueda identificar con claridad cuándo se reporta un hecho verificado y cuándo se expresa un juicio subjetivo del comunicador.
- Distinción de publicidad. La prohibición explícita de transmitir propaganda política o anuncios comerciales disfrazados de contenido informativo periodístico.
- Defensoría y autorregulación ética. Que cada concesionario cuente con un defensor de la audiencia independiente y publique un código de ética para atender las quejas del público.
- Accesibilidad e inclusión. Garantizar formatos accesibles para personas con discapacidad, como lengua de señas y subtitulaje, además de promover la no discriminación.
Medios tradicionales y digitales más afectados
El impacto de esta regulación afectará de forma distinta a los medios tradicionales y los digitales:

- Radio y televisión abierta. Al operar bajo concesiones estatales, son las unidades directamente expuestas a sanciones y multas. Las mesas de debate, programas de análisis en vivo y noticieros tradicionales deberán modificar sus dinámicas operativas para acotar formalmente cada intervención al aire.
- Plataformas digitales e híbridas. Aunque la norma aplica en primera instancia al espectro radioeléctrico, los consorcios que retransmiten programación en línea, pódcasts o redes sociales enfrentarán la necesidad de unificar sus criterios editoriales para evitar incongruencias legales o afectaciones a su reputación.
- Medios impresos. Por el momento, quedan fuera de la legislación, sin embargo, se prevé que serán integrados en el mediano plazo.

Postura presidencial sobre el asunto
En la mañanera del 29 de julio, la presidenta Claudia Sheinbaum, sostuvo que los lineamientos impulsan un esquema de autorregulación guiado por la responsabilidad editorial de los propios medios, descartó tajante que la iniciativa persiga multar o censurar a las empresas periodísticas. Agregó que el objetivo fundamental es garantizar el derecho constitucional que tiene la población a recibir información veraz e imparcial.
Por supuesto que se debe garantizar el derecho a ser informado, pero sin que la supuesta “protección ciudadana” de la citada ley, reste dinamismo al debate público ni comprometa la independencia del periodismo -en todas sus formas y plataformas- en el país.

