Diputados presentaron dos iniciativas que fueron presentadas ante la Comisión Permanente, para establecer permisos laborales de luto con goce de sueldo.
Ambas plantean modificar la legislación para garantizar días de ausencia ante el fallecimiento de un familiar, aunque difieren en el número de días, los familiares contemplados y el alcance de las medidas.
¿En qué consisten las propuestas presentadas?
La primera iniciativa, presentada por el diputado Alan Sahir Márquez Becerra, del grupo parlamentario del PAN, propone reformar la Ley Federal del Trabajo y la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado para establecer un permiso de luto tanto para personas trabajadoras del sector privado como para quienes laboran en instituciones públicas.
El propósito es establecer un respaldo legal para que las personas trabajadoras puedan ausentarse de sus labores después del fallecimiento de un familiar sin perder ingresos, ni tener que utilizar días de vacaciones.
La segunda, presentada por Ivonne Ortega, coordinadora del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, plantea modificar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para crear un permiso pagado por duelo dirigido al personal del sector público federal, con una duración diferenciada según el vínculo con la persona fallecida.
Ambas propuestas contemplan hasta cinco días hábiles de permiso pagado por el fallecimiento de familiares cercanos en línea directa, por afinidad o adopción.
El permiso podría extenderse a siete días cuando el fallecimiento ocurra en un estado distinto al de residencia de la persona trabajadora.
Por su parte la propuesta de Ortega, contempla el periodo más amplio sería de 10 días laborables con goce de sueldo para el fallecimiento de un hijo o hija, así como para pérdidas gestacionales o muertes fetales. En estos últimos casos, el permiso sería aplicable tanto a la persona gestante como a la otra parte progenitora.


Legislacion laboral por fallecimiento de algún familiar en México
Actualmente, la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México no contempla un permiso obligatorio con goce de sueldo por el fallecimiento de un familiar (permiso por luto), aunque existen iniciativas en el Congreso para reformar la ley y reconocerlo.
Debido a este vacío legal, las ausencias y apoyos dependen estrictamente de las políticas internas de cada empresa, el contrato colectivo de trabajo o los acuerdos particulares con el empleador.
Al no estar en la LFT, si un trabajador sufre la pérdida de un familiar, suele depender de la empatía del patrón, negociar días libres, usar días de vacaciones o acordar un permiso sin goce de sueldo.
Muchas empresas en México otorgan de 1 a 3 o hasta 5 días de descanso con goce de sueldo para familiares en primer grado (padres, hijos, cónyuge o hermanos) como parte de sus prestaciones o cultura laboral, pero no es una obligación federal exigible por ley.
