La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso de revisión interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Con esta decisión, el Estado mexicano queda obligado a devolver a Grupo Televisa una suma que supera los 103 millones de pesos, adicionales a una cantidad ya entregada anteriormente por conceptos de cobros indebidos.
El fondo del conflicto: Legalidad vs. Constitucionalidad
El caso, que llegó al máximo tribunal bajo la ponencia del ministro Irving Espinosa Betanzo, se centró en una disputa técnica sobre la legitimación de la autoridad hacendaria para impugnar sentencias de amparo. Por una mayoría de seis votos contra tres, el Pleno determinó que Hacienda no contaba con la facultad jurídica para promover dicho recurso de revisión.
El argumento central de la mayoría fue la naturaleza del reclamo. Según los ministros que votaron a favor del proyecto de Espinosa Betanzo, la SHCP basó su impugnación en temas de legalidad (la aplicación estricta de la ley) y no en temas de constitucionalidad (la interpretación de la Carta Magna). Dado que la SCJN es un tribunal constitucional, carece de competencia para resolver controversias que se limiten a la legalidad de un acto administrativo, por lo que el recurso fue desechado de plano.
Una fractura en el Pleno: Las voces disidentes
Los ministros Lenia Batres Guadarrama, María Estela Ríos y Arístides Guerrero conformaron el bloque minoritario que se opuso tajantemente al desechamiento. El argumento de este grupo es que la decisión impacta directamente en el erario público y, por ende, en la sociedad mexicana.
La ministra Lenia Batres fue la voz más crítica durante el debate. Con un tono visiblemente molesto, señaló que la Corte debe alejarse de los “formalismos” procesales cuando lo que está en juego es el interés nacional y la recaudación de impuestos.

“Cuando se desechan asuntos por falta de tema de constitucionalidad o por falta de legitimación, se causa un perjuicio directo a la sociedad y al Estado”, afirmó Batres.
Asimismo, advirtió que este tipo de negativas judiciales funcionan, en la práctica, como exenciones de impuestos encubiertas, permitiendo que grandes corporativos obtengan ventajas indebidas que están prohibidas por la Constitución.
Por su parte, la ministra María Estela Ríos defendió la legitimidad de Hacienda, recordando que el tribunal colegiado que atendió el amparo originalmente le había reconocido el carácter de “tercero interesado”, lo cual debería haberle abierto la puerta a la revisión en la Suprema Corte.
El mensaje de Batres en redes sociales
Tras la conclusión de la sesión, surgió una nueva controversia. La versión estenográfica oficial del Poder Judicial optó por “testar” (borrar) el nombre de la empresa beneficiada y los montos específicos del fallo. Sin embargo, la ministra Lenia Batres decidió romper con este hermetismo y publicó los detalles a través de sus redes sociales.
Según la información revelada por la ministra, el SAT deberá pagar a Grupo Televisa la cantidad exacta de 103,073,347 pesos. Esta cifra se suma a los 288,671,887 pesos que la autoridad fiscal ya había devuelto previamente por concepto de pago indebido de impuestos, incluyendo intereses y actualizaciones.
Implicaciones para el sistema fiscal mexicano
Esta resolución sienta un precedente importante sobre los límites de la autoridad fiscal frente al Poder Judicial. Mientras que para la mayoría de los ministros se trata de una cuestión de respeto a las competencias jurisdiccionales, para la minoría y sectores críticos del gobierno, representa una debilidad institucional que favorece a los grandes contribuyentes.
El caso Televisa pone nuevamente bajo la lupa la relación entre el poder económico y el judicial, en un contexto donde la administración federal ha buscado endurecer la política de recaudación para evitar beneficios fiscales a grandes empresas.

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