El Mundial de 2026 está a la vuelta de la esquina y miles de bares y restaurantes en México ya están armando la estrategia para llenar sus mesas proyectando los partidos en vivo. Sin embargo, armar la fiesta futbolera en tu negocio sin los permisos correctos podría convertirse en la peor jugada de tu vida.
Lo que muchos dueños de establecimientos ignoran es que exhibir los encuentros de forma pública sin contar con las licencias correspondientes puede acarrear severas sanciones económicas y broncas legales de alto impacto.
La Ley Federal del Derecho de Autor es muy clara: la FIFA, como titular de los derechos de transmisión, es la única entidad que puede autorizar la proyección pública del contenido, y saltarse este paso activará penalizaciones inmediatas.
Existe un mito corporativo muy peligroso que urge derribar. Elia Sampayo, especialista en propiedad intelectual y fundadora del despacho MOLSAM Advisory, explicó para El Economista que contratar un servicio convencional de cable o una plataforma de streaming no te da luz verde para proyectarlo en tu local, ya que esos contratos son estrictamente de carácter residencial.

Al poner la pantalla frente a tus comensales en un bar o restaurante, el panorama cambia por completo y se transforma en un acto comercial, lo que constituye una infracción directa a la normativa vigente.
¿No cobras cover? Da igual: El beneficio comercial activa la ley
Tampoco te confíes si dejas entrar a la gente gratis. Los especialistas advierten que sigue muy viva la falsa creencia de que el negocio está a salvo si no cobra una entrada o “cover” para ver los juegos.
La realidad jurídica es otra: la ley determina que si la transmisión genera un beneficio comercial indirecto para el establecimiento, como la venta de alimentos, cervezas o botanas, las autoridades federales tienen toda la facultad para aplicar castigos severos.
¿De cuánto es la multa por transmitir el Mundial 2026?
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) ya le puso números a la cancha, y son de miedo. Las multas por transmitir los partidos del Mundial 2026 sin la debida autorización pueden alcanzar las 250,000 UMAs.

Tomando en cuenta que el valor de la UMA se sitúa en 117.31 pesos, la penalización financiera máxima escala hasta los 29.3 millones de pesos. Por si fuera poco, el negocio afectado se expone a una clausura temporal de hasta 90 días, el aseguramiento de sus pantallas o equipos de audio, y posibles demandas por daños y perjuicios de los titulares de los derechos.
Cabe destacar que el IMPI y el INDAUTOR son los únicos organismos oficiales facultados para ejecutar estas sanciones.
Para evitar que te saquen la tarjeta roja, la recomendación de los expertos es blindar tu negocio a tiempo.
Revisa minuciosamente los términos de servicio de tu proveedor, asegúrate de que cuente con la autorización explícita para uso comercial y formaliza contratos bajo esta modalidad corporativa. Una cuenta personal simplemente no te servirá para exhibiciones públicas.
